- Es un requisito establecido en la Reforma Fiscal 2022 para el timbrado del CFDI
4.0. - Positiva, propuesta del presidente AMLO de eliminar requisitos para que el
timbrado se mantenga con la versión actual.
En la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) coincidimos con
la propuesta del titular del Ejecutivo Federal de eliminar los nuevos requisitos para el
timbrado del CFDI contenidos en la Reforma Fiscal 2022, esto, para que el
procedimiento continúe con la versión actual que únicamente requiere datos como, el
nombre y Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Es importante señalar que lo dicho por la titular del Servicio de Administración
Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro en la conferencia mañanera del día 08 de julio,
acerca de que la autoridad “nunca pidió la Constancia de Situación Fiscal. No es un
requisito del SAT” y que fueron las gerencias de recursos humanos de las empresas
quienes solicitaron el documento, genera incertidumbre en miles de trabajadores.
Por ello, es fundamental recordar que, con la entrada en vigor de la reforma fiscal
2022, se contemplaron nuevos requisitos para el timbrado del CFDI 4.0, por lo que,
además del nombre del trabajador y el RFC, a partir de este año también se tienen
que agregar el domicilio y código postal de cada contribuyente.
Información que de acuerdo con el Anexo 20 “Guía de llenado de los comprobantes
fiscales digitales por internet” y con la “Infografía Factura electrónica CFDI 4.0” -ambos
emitidos por el SAT- deben registrarse tal como se encuentran en la Cédula de
Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal, respetando números, espacios
y signos de puntuación, de lo contrario ese CFDI no sería deducible.
Ante ese nuevo requisito impuesto por la autoridad fiscal y para que las empresas no
tuvieran un impacto en la no deducibilidad de la nómina por errores en los
comprobantes digitales, los trabajadores tuvieron que solicitar las Constancias de
Situación Fiscal, y como consecuencia se generaron filas interminables ante las
oficinas del SAT.
Reconocemos que, para agilizar el trámite, la autoridad fiscal habilitó diversos
mecanismos para el otorgamiento de dichas constancias, aunque finalmente ante la
imposibilidad de atender su propia disposición, contenida en el Anexo 20 que emitió,
optó por prorrogar el plazo para la entrada en vigor al 1 de enero de 2023, otorgando
más tiempo para que todos los trabajadores pudieran obtener su constancia.
Reiteramos, no fue el sector empresarial quien solicitó las Constancias a los
trabajadores, sino la misma autoridad en las disposiciones antes expuestas.
Respecto a lo expresado por la jefa del SAT acerca de que “muchas empresas
condicionaron el pago de la nómina a la obtención de la Constancia de Situación
Fiscal”, queremos subrayar: el sueldo es un derecho del trabajador. No se puede
negar el justo pago de su trabajo y mucho menos condicionarlo a la obtención de un
documento administrativo.
En Coparmex estamos convencidos de que las personas físicas y morales debemos
cumplir con nuestras obligaciones fiscales y no evadir impuestos, sin embargo,
consideramos que aumentar las cargas administrativas y fiscales no es el camino
viable para lograrlo. Por eso, reconocemos como positivo el anuncio dado, el pasado
lunes en conferencia matutina, por el presidente de la República, quien propuso
eliminar la obtención de esta constancia.
Es oportuno reiterar que, para lograr el máximo cumplimiento, además de la
generación de empleos, riqueza y bienestar e impulsar la formalidad, debemos
trabajar en conjunto entre el sector público y privado, por lo que el SAT debe facilitar
los trámites administrativos para que juntos trabajemos a favor del crecimiento del
país.
Nos sumamos a la propuesta del presidente de la República para que se eliminen los
nuevos requisitos del CFDI versión 4.0 (domicilio y código postal), que hacen
necesaria la obtención de la constancia de situación fiscal -problemática que nos
ocupa actualmente- para que en el timbrado del CFDI se mantengan los requisitos de
la versión actual como son: nombre y RFC, puesto que estos datos son los idóneos
para poder identificar a los contribuyentes.